martes, 17 de enero de 2012

Celebración jubilar del Cursillo de Cristiandad número mil

Del 12 al 15 de enero, los fieles que integran el Movimiento Cursillos de Cristiandad celebrarán el cursillo número 1.000. Por este motivo, el próximo día 22 de enero tendrán junto a toda la Diócesis una Eucaristía de Acción de Gracias, a las 13:00h., en la Santa Iglesia Catedral, presidida por el Cardenal Stanislaw Rylko y en la que los asistentes obtendrán Indulgencia Plenaria.

Desde que se celebró el primer cursillo en Córdoba en el año 1954, han sido más de treinta mil las personas que han compartido su experiencia de encuentro con el Señor. Asimismo, la Diócesis de Córdoba acogió también la celebración de la I Ultreya Interdiocesana de Andalucía que tuvo lugar el pasado 23 de octubre.

Con ocasión de la celebración del Cursillo de Cristiandad número mil en Córdoba, la Penitenciaría Apostólica, en nombre del Santo Padre Benedicto XVI, ha querido destacar la importancia de este acontecimiento con la concesión de Indulgencia plenaria.




El Obispo de Córdoba, Mons. Demetrio Fernández González, ha publicado un decreto concretando las condiciones para poder recibir dicha Indulgencia y ha insistido en la necesidad de la preparación, especialmente mediante la confesión sacramental, que permitirá la reconciliación con Dios y con los hermanos, además de facilitar el estado de gracia necesario para lucrar la Indulgencia.

Con esta ocasión, ha recordado que «la doctrina y la práctica de las indulgencias en la Iglesia están estrechamente ligadas a los efectos del sacramento de la Penitencia. La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal de los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por la mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos. La indulgencia es parcial o plenaria según libre de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente. Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias (Código de Derecho Canónico, cann. 992-994)» (Catecismo de la Iglesia Católica,n. 1471).

Para lucrar la Indulgencia plenaria es necesario estar verdaderamente arrepentidos del pecado cometido y cumplir las condiciones acostumbradas (Confesión sacramental, participación en la Eucaristía y comulgar y orar por las intenciones del Santo Padre). Podrán obtenerla los fieles que participen en el citado Cursillo de Cristiandad número Mil, quienes asistan a la clausura del Cursillo y se unan espiritualmente a este evento. También los fieles que participen en la Santa Misa que se celebrará el domingo 22 de Enero, a las 13:00 h., en la Santa Iglesia Catedral de Córdoba, en acción de gracias con ocasión de la celebración de este Cursillo y los fieles que estando legítimamente impedidos no puedan participar estando presentes pero que se unan espiritualmente a través de la retransmisión televisiva de dicha celebración eucarística.

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